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Circular GDE AJL 079/2022 PRÓRROGA DE VENCIMIENTO PARA EL REGISTRO DE COMPRAS Y VENTAS (RCV)
Estimado Señor Asociado:
Mediante la presente, tenemos a bien informarle que, en fecha 29 de septiembre de 2022, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) emitió la Resolución Normativa de Directorio N°102200000021, el plazo para el registro y/o confirmación de Documentos Fiscales en el “Registro de Compras y Ventas IVA”, correspondiente a las operaciones realizadas en el periodo fiscal agosto de 2022, para los contribuyentes cuyo Número de Identificación Tributaria termine en los dígitos 5, 6, 7, 8 y 9.
Adjuntamos la resolución normativa de directorio antes citada para su conocimiento y análisis correspondiente.
Esperando contar con su colaboración, nos despedimos de usted con la más alta estima.
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Circular GDE AJL 080/2022 VIGENCIA DEL SISTEMA INTEGRADO DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA EN LÍNEA (SIAT EN LÍNEA)
Estimado Señor Asociado:
Mediante la presente, tenemos a bien informarle que, en fecha 29 de septiembre de 2022, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) emitió la Resolución Normativa de Directorio N°102200000022 en el cual se resuelve implementar el Sistema Integrado de la Administración Tributaria en Línea (SIAT en Línea) disponible en la página Web http://www.impuestos.gob.bo/ para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes.
Establece además que, durante el periodo de adecuación a las funciones del SIAT en Línea, los enlaces de la Oficina Virtual permanecerán habilitadas transitoriamente hasta el 30 de noviembre de 2022, siendo válidas todas las actuaciones realizadas a través del mismo.
Adjuntamos la resolución normativa de directorio antes citada para su conocimiento y análisis correspondiente.
Esperando contar con su colaboración, nos despedimos de usted con la más alta estima.
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Circular GDE AJL 081/2022 MSyD/AGEMED/CR/68/2022 SUSTANCIAS CONTROLADAS PRECURSORES (EFEDRINA Y PSEUDOEFEDRINA)
Estimado Señor Asociado:
Mediante la presente, tenemos a bien informarle que la Agencia Estatal de Medicamentos y Tecnologías en Salud (AGEMED) emitió circular en fecha 28 de septiembre de 2022, para la correcta administración de sustancias controladas precursores (Efedrina y Pseudoefedrina), por lo que los laboratorios industriales farmacéuticos e importadoras deberán considerar los siguientes mecanismos de control obligatorio: 1. Previsiones Anuales 2. Licencia Previa de Importación 3. Certificado de Autorización para Despacho Aduanero 4. Verificación de Sustancias Controladas 5. Libros para el Control de Movimiento de Sustancias Psicotrópicos que incluye precursores 6. Informes Trimestrales 7. Informes Anuales 8. Documentación y Registros. En caso de incumplimiento, no serán autorizadas las importaciones.
Adjuntamos la circular antes citada para su conocimiento y análisis correspondiente.
Esperando contar con su colaboración, nos despedimos de usted con la más alta estima.
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Circular GDE AJL 082/2022 MSyD/AGEMED/CR/69/2022 SOBRE COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS
Estimado Señor Asociado:
Mediante la presente, tenemos a bien informarle que la Agencia Estatal de Medicamentos y Tecnologías en Salud (AGEMED) emitió circular en fecha 30 de septiembre de 2022, en el cual informa que, con el objetivo de fomentar el comercio licito de medicamentos, se realizaron operativos donde se identificó la comercialización de medicamentos y dispositivos médicos, por empresas legalmente establecidas, al mercado informal y en diversos establecimientos que no cuentan con la autorización otorgada por el Servicio Departamental de Salud. Por lo que, de identificarse la comercialización de Medicamentos y Dispositivos Médicos en el mercado informal y establecimientos no autorizados, se procederá de acuerdo a lo establecido en el Sistema Nacional de Vigilancia y Control de Medicamentos.
Esperando contar con su colaboración, nos despedimos de usted con la más alta estima.
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Dr. José Romero Frias |
ASESOR JURIDICO PRINCIPAL
CÁMARA NACIONAL DE COMERCIO
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